México. A un año del matrimonio del mismo sexo en la capital del país

NotieSe
México DF, marzo 04 de 2011.

De acuerdo con cifras de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal (GDF), hasta el pasado 1 de marzo se han celebrado 699 uniones entre personas del mismo sexo: 367 parejas de hombres y 333 parejas de mujeres.

A un año de haber entrado en vigor las reformas al artículo 146 del Código Civil del Distrito Federal que permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo, la Consejería encabezada por Leticia Bonifaz informó que del total de quienes han contraído nupcias en la capital del país, mil 325 son consortes mexicanos y 73 extranjeros. Las delegaciones con el mayor número de cónyuges son Cuauhtémoc (243), Gustavo A. Madero con (196) y Benito Juárez (177).

El rango de edad más frecuente de los consortes es de 31 a 40 años (456), de 21 a 30 años (439) y de 41 a 50 años (294). Por el régimen de sociedad conyugal están casadas 466 parejas y por separación de bienes 233.

Cabe destacar que las modificaciones legales a los artículos 146, 237, 291 bis, 294, 391 y 724 del Código Civil del Distrito Federal, así como 216 y 942 del Código de Procedimientos Civiles aprobadas en diciembre de 2009 por la V Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y que entraron en vigor el 4 de marzo de 2010, hacen lícitos estos matrimonios en la Ciudad de México, los cuales pueden ser reconocidos en el resto de la República.

Con estas reformas, el Distrito Federal se convirtió en la primera jurisdicción en América Latina y la decimocuarta en el mundo en aprobar las nupcias entre personas del mismo sexo, precedida por los Países Bajos, Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica, Noruega, Suecia y seis entidades de los Estados Unidos.

Cobijado por el Derecho a la No Discriminación, el actual artículo 146 del Código Civil del Distrito Federal estipula que el “Matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante el Juez del Registro Civil y con las formalidades que estipule el presente código”.

Entre los derechos hoy reconocidos para los matrimonios entre personas del mismo sexo se encuentran los conyugales que incluyen la adopción, las posibilidades de heredar bienes, el derecho a incluir a la pareja en las pólizas de seguros y la adquisición común de un crédito bancario.

Respecto a la seguridad social, este es un derecho que aún no se reconoce a todas las parejas del mismo sexo, ya que su cumplimiento depende, en su gran mayoría, de instituciones públicas del ámbito federal, cuya legislación no contempla este tipo de matrimonios.