Viudos gays podrán reclamar beneficios del IMSS

Viudos gays podrán reclamar beneficios del IMSS

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las personas homosexuales que queden viudas podrán reclamar los mismos beneficios y prestaciones que otorga la ley a matrimonios heterosexuales inscritos en el régimen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La resolución también abrió la puerta para que las parejas que se encuentren en la misma situación, pero bajo la figura ISSSTE, soliciten los mismos derechos.

La sentencia derivó de un amparo que otorgó la Sala a José Alberto Gómez Barroso, quien intentó afiliar a su cón- yuge al IMSS, en el estado de Puebla, pero durante el juicio el quejoso falleció.

Al morir el derechohabiente quejoso, el juez federal que conoció del amparo decidió sobreseer la demanda de garantías, porque dijo que ya había dejado de existir la materia del juicio.

Fernando Franco González Salas, ministro de la SCJN, declaró que debe entenderse que se ha generado el derecho, igual que si se tratara de un matrimonio entre personas de distinto sexo.

El 6 de marzo de 2012, José Alberto Gómez Barroso contrajo matrimonio en el DF.

Al solicitar la inscripción de su esposo al IMSS, en la Clínica Familiar 7, en Cholula, Puebla, le fue negado el registro.

Gómez presentó una queja por discriminación sexual ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) y un juicio de amparo contra el IMSS. Ayer, a un año de su muerte, la Corte falló a su favor.

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